Una minuta discutida por el uso de IA
Unos demandantes pierden un pleito y deben pagar los honorarios del abogado contrario. Al discutir la minuta, alegan que el despacho utilizó inteligencia artificial. Si la herramienta ahorró trabajo, sostienen, la cuenta debería bajar.
Ese argumento llegó en Flux Drive v. Rong al tribunal federal de apelación con sede en Denver, que revisa los casos de Colorado y otros cinco estados del oeste de Estados Unidos. El 30 de octubre de 2026 confirmó dos adjudicaciones: 114.663,11 dólares iniciales y 68.990,50 dólares suplementarios.[1]
Es la primera sentencia de apelación que examina si el mero uso de IA justifica reducir honorarios recuperables. La respuesta fue negativa: los recurrentes no habían acreditado el exceso que denunciaban.[1]
Horas razonables por una tarifa razonable
El tribunal aplicó derecho de Colorado a los honorarios recuperables tras una desestimación anterior al juicio. El cálculo seguía el método lodestar: horas razonables multiplicadas por una tarifa razonable. Quien solicita el pago debe justificarlo. El juez debe excluir trabajo innecesario, irrelevante o duplicado.[1]
Se habían examinado los registros de tiempo, las reducciones voluntarias y las tarifas del mercado. Frente a esa documentación, los recurrentes no concretaron duplicaciones ni aportaron pruebas de que la IA hubiera producido una facturación excesiva. Señalar la herramienta no demostraba que las horas o el importe fueran injustificados.[1]
La sentencia reconoce que la IA puede reducir el tiempo de investigación y, con él, los honorarios calculados por horas. También recuerda que las normas deontológicas obligan a comprobar las resoluciones citadas. Obtener una respuesta no equivale a disponer de un resultado jurídicamente verificado.[1]
El fallo no autoriza a cobrar horas que nadie trabajó. Tampoco calcula cuánto tiempo ahorró la herramienta ni declara que toda revisión consuma ese ahorro. Resuelve una impugnación concreta bajo derecho de Colorado. No fija el precio de los servicios jurídicos ni establece una regla aplicable a cualquier país.
La consecuencia práctica es más limitada: para discutir una minuta hay que identificar el exceso y justificarlo. El uso de IA puede formar parte de esa explicación, pero no la sustituye.
En Estados Unidos, la sentencia encaja con la orientación de la asociación de la abogacía estadounidense, la American Bar Association, que no es una ley sino una guía deontológica. Su Opinión Formal 512 admite cobrar el tiempo real dedicado a dar instrucciones a la herramienta y a revisar su resultado, distingue cómo se repercute el coste de las herramientas y advierte de que, a precio fijo, un ahorro sustancial puede hacer irrazonable mantener el importe.[2]
España y Noruega: concretar el exceso
En España hay que separar el precio pactado con el cliente de lo exigible al condenado en costas. El artículo 245.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige que la impugnación identifique las minutas, las partidas concretas y las razones de la discrepancia.[3] Aplicado a la IA, el argumento tendría que explicar qué tiempo, duplicación o tarea resulta excesivo. Es una aplicación razonada de la norma, no una regla jurisprudencial específica sobre estas herramientas.
En la relación con el cliente, el artículo 14.1 del Código Deontológico establece que la cuantía y el régimen de los honorarios se convienen libremente.[4] Los criterios orientativos colegiales quedan reservados a la tasación de costas y la jura de cuentas; no son tarifas generales para clientes.[5]
En Noruega, el § 20-5 de la tvisteloven permite recuperar los costes necesarios del litigio, atendiendo a si era razonable incurrir en ellos según la importancia del asunto.[6] La RGA 3.3.1 exige que los honorarios guarden una relación razonable con el encargo y el trabajo realizado.[7]
La HR-2022-563-A recuerda que las horas efectivamente trabajadas no determinan por sí solas la razonabilidad del honorario. Trataba una relación contractual, ajena a la IA y a las costas del contrario.[8] Para la asistencia jurídica con remuneración pública rige la salærforskriften.[9] Su reforma aplicable a nuevos encargos desde mayo de 2026 exige facturar solo el tiempo efectivamente empleado. No es el régimen general de la abogacía privada.[10]
El contraste permite formular dos preguntas distintas: cuánto debe pagar el cliente por el servicio acordado y qué coste debe soportar la parte contraria. La tecnología no elimina esa separación.
La IA también cuesta al despacho
Ahorrar tiempo no significa trabajar sin coste. Las licencias, las herramientas y la infraestructura forman parte de la cuenta del despacho. La cuestión es cómo se incorporan al precio y qué se explica al cliente.
Una herramienta general del despacho funciona como cualquier otro gasto estructural. El uso de un servicio externo para un asunto concreto puede repercutirse al cliente si así se ha pactado. En ambos casos hay que explicar cómo se cobra y evitar cobrar dos veces lo mismo.
No basta, por tanto, con añadir un concepto de «IA» a la minuta. Hay que aclarar qué remunera y si su coste ya estaba incluido en otro concepto. Esa transparencia permite discutir el precio con información sobre sus componentes.
Invertir en tecnología tampoco convierte ese coste en un gasto que pueda trasladarse automáticamente al cliente.
En términos económicos, el ahorro neto depende tanto del tiempo que se reduce como del coste de la herramienta y de la revisión necesaria. Una respuesta más rápida no permite calcular por sí sola cuánto se ha abaratado el servicio completo.
Dar instrucciones y comprobar también es trabajo
Dar instrucciones a la herramienta y revisar su resultado es tiempo de trabajo del abogado. Si se factura por horas, se cobra el tiempo real. El tiempo que se dedica a aprender a usar la aplicación no se traslada sin más al cliente.
Ese trabajo de instrucciones y control corresponde al abogado. La respuesta generada necesita revisión antes de incorporarse al asesoramiento o a un escrito. Como recuerda Flux Drive, verificar las resoluciones citadas es una obligación deontológica.[1]
La revisión cuenta cuando se realiza. No justifica añadir las horas que habría exigido investigar sin IA, ni presumir que comprobar siempre consume todo el tiempo ahorrado. El registro debe reflejar el trabajo efectivo; su necesidad y razonabilidad siguen sujetas a examen.
Para el cliente, la pregunta no acaba en cuánto tardó la herramienta. También importa qué hizo el abogado con la respuesta y qué coste corresponde a ese trabajo.
Si el resultado es mejor, ¿por qué debería costar menos?
La paradoja aparece al comparar dos formas de realizar una investigación jurídica. Supóngase que se encarga a un pasante: tarda más y entrega un resultado peor. Después, el abogado debe revisarlo. Con facturación por horas, ese proceso puede salir más caro al cliente.
Supóngase ahora que la IA, bajo instrucciones y control del abogado, permite resolver esa misma tarea con mayor eficiencia, en menos tiempo y con mejor resultado. A igual tarifa y alcance, si el tiempo total efectivo disminuye, la factura horaria baja. Los costes tecnológicos también deben entrar en la comparación.
El supuesto no afirma que cualquier IA supere a cualquier pasante. Plantea qué ocurre cuando la mayor eficiencia se traduce en menos horas cobrables. El cliente obtiene antes un resultado mejor y paga menos. El despacho gana capacidad para otros encargos, pero recibe menos por ese servicio.
El precio cerrado reparte el ahorro de otra manera. Si el importe permanece y el coste baja, aumenta el margen del despacho; el cliente conserva la previsibilidad del precio y puede recibir antes el trabajo. Advokatforeningen admite que la eficiencia beneficie al abogado en un precio fijo, sujeto a razonabilidad. Aplicar ese criterio a la IA es una inferencia: el dictamen no trataba estas herramientas.[11]
Ese margen tiene un límite: el honorario debe seguir siendo razonable. El acuerdo previo no resuelve por sí solo cuánto ahorro puede conservar el despacho.
Un precio vinculado al valor del servicio desplaza la atención hacia su alcance, riesgo y trabajo comprometido. Tampoco elimina la necesidad de justificar el importe. No equivale a cobrar un porcentaje del resultado, modalidad limitada en Noruega por la RGA 3.3.2.[7]
Flux Drive resolvió la falta de prueba de un exceso. Queda abierta una cuestión distinta: si una investigación mejor, realizada en menos tiempo bajo responsabilidad del abogado, aporta más valor al cliente, ¿por qué debería costar menos? ¿Es la hora la medida correcta?
Fuentes
- *Flux Drive v. Rong*, tribunal federal de apelación de Denver (Décimo Circuito), 30-10-2026, pp. 8–9 y 30–45.
- American Bar Association, Opinión Formal 512, sección II.F, pp. 11–14.
- Ley de Enjuiciamiento Civil, arts. 243–246, especialmente 245.4.
- Código Deontológico de la Abogacía Española, art. 14.1.
- Ley de Colegios Profesionales, art. 14 y disposición adicional cuarta.
- Ley procesal civil noruega, § 20-5.
- Reglamento noruego de la abogacía, anexo 1, RGA 3.3.1–3.3.2.
- Tribunal Supremo noruego, HR-2022-563-A, apartados 37–38 y 46–51.
- Reglamento noruego de remuneración de asistencia jurídica, §§ 5 y 7.
- Reforma de ese reglamento, 26-03-2026, partes I y III.
- Advokatforeningen, dictamen sobre precio fijo, actualizado el 27-06-2023.
Texto de Roberto Ortega, elaborado con asistencia editorial de IA. Las versiones noruega e inglesa son adaptaciones editoriales del original español.
